El COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (CSST)
¿Qué es el comité de seguridad y salud en el trabajo?
En el año 2012 se promulgó la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, LEY 29783 una Ley que favorece a todos los trabajadores, debido a las condiciones deplorables que en muchos casos las empresas hacen laborar a sus trabajadores, corriendo riesgos, debido a la falta de interés por parte del empleador a mejorarlas, causando accidentes letales y hasta mortales, sino recordemos tantos accidentados y hasta muertes en las fábricas, mineras, construcción civil, etc. Y estamos hablando de muertes por accidentes de trabajo inmediato y también por aquellas muertes que se dieron debido a enfermedades crónicas como consecuencia casualmente por falta de prevención y seguridad por parte de las empresas.
Es un triunfo para los trabajadores contar con esta Ley tan importante, el cual todos somos y debemos ser partícipes, (ES NUESTRO DEBER Y DERECHO) hay que tener en cuenta que no fue fácil obtener esta Ley, debido a que los empresarios se opusieron rotundamente a que se apruebe, porque como explicaba, es a favor de todos los trabajadores.
Debemos tener en cuenta que si hacemos respetar esta Ley disminuiremos los accidentes laborales, mejoraremos nuestras condiciones de trabajo, tendremos menos riesgos de tener algún accidente dentro de la empresa, y también podremos prevenir posteriores inconvenientes con la seguridad en el trabajo. No es que a la empresa se le haya ocurrido formar este comité sino más bien es una obligación por parte de ella cumplir con la Ley y facilitar a los trabajadores para que podamos elegir de entre nosotros a nuestros representantes que conformarán este comité junto con los representantes de la empresa de manera paritaria y que será de vital importancia.
En los posteriores días el COMITÉ ELECTORAL convocará a elecciones para elegir a nuestros 6 representantes titulares y 6 suplentes, de entre todos los trabajadores obreros de todo el Grupo Gloria, cabe mencionar que la Ley exige que el comité debe ser conformado de manera paritaria por 12 personas (6 por parte de la empresa y 6 por parte de los trabajadores). ES NUESTRO DEBER EXIGIR QUE SE CUMPLA CABALMENTE LA LEY.
COMITÉ ELECTORAL